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Ultraje y violación de derechos a los trabajadores panameños.

LIBERTAD SINDICAL NULA EN MUCHOS COMERCIOS Y ALMACENES, SOBRE TODO DONDE LOS DUEÑOS SON HEBREOS.

Por Ramiro Guerra M.    Abogado y cientista político.       

En mi condición de asesor legal de la UNION DE EMPLEADOS DEL COMERCIO, LA UEC, tenemos décadas de estar denunciando como en este sector de la economía, se impide la existencia de sindicatos y peor los empleados viven con el temor de ser despedidos, en el evento de que se afilien a la UEC. La palabra sindicato está prohibido. De hecho, la afiliación, constituye una causal de despido. Además de ello, me informa el secretario general de la UEC, que en el sindicato se reciben llamadas por el trato que se le dispensa a las trabajadoras. Son sometidas a condiciones ultrajantes que constituyen violación a los derechos humanos.

Estos empresarios instrumentalizan el artículo 212, que permite el despido unilateral, cuando el trabajador tiene menos de dos años de servicios.  Algunos de ellos ponen como condición, para accesar al empleo, no estar afiliado al sindicato.

En la mayoría de estas empresas, no existen convenciones colectivas.  En una ocasión, sugerí, como lo hizo el Dr. Carlos Muñoz Pope, en un anteproyecto de código penal, elevar a delitos a acciones y conductas dirigidas a impedir el derecho sindical.

Las autoridades de trabajo saben de estos exabruptos, igual las cámaras de empresarios; no obstante, guardan silencio cómplice.

El movimiento sindical  tiene que  asumir posiciones verticales frente a  esta realidad que enfrentan los trabajadores de estos sectores empresariales.

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