Por Ramiro Guerra M.
Abogado y cientista político.
Septiembre de 2023.
Lo anterior significa que, ejecutoriada la sentencia, la renuencia a cumplir con el fallo tiene consecuencia penales y civiles. El gobierno por su parte tampoco hizo valer el fallo, lo que lo coloca o lleva a ser cómplice primario del saqueo de nuestros recursos naturales.
El gobierno fue presionado por la empresa en el sentido que se interpondría una reclamación que rondaba los $50 mil millones. Según la empresa, esa reclamación se presentaría ante el tribunal de arbitraje internacional, teniendo como fundamento, la obstrucción y perjuicios a la inversión extranjera.
La historia es conocida. Al gobierno le dió pavor y hoy observamos actuaciones que, sólo son propias de un gobierno postrado a esa empresa.
En lo que concierne a nosotros y otros distinguidos colegas, esa reclamación no tenía posibilidad alguna de prosperar.
1. Fue nuestro máximo organismo jurisdiccional que declaró inconstitucional el contrato ley de 1997. Nadie está exento de no cumplir los fallos de los tribunales; menos el gobierno.
La jurisdicción es una derivación de la soberanía. Quantum se ha conducido como sí el fallo de la Corte Suprema no lo alcanza en sus efectos.
2. Un fallo de la Corte Suprema, obliga a todo el estado. Sería un error que ese tribunal, el de arbitraje internacional, le dé curso a esa reclamación. Menos en dirección a que prospere. Sería como decirle al estado panameño que, en aras de una inversión, no estaba obligado a acatar el fallo de la Corte Suprema.
Es todo un contrasentido y seguro estoy que ese tribunal de arbitraje no resolvería a favor de Quantum. Pero bueno, pudo más el miedo a esa reclamación y quién sabe qué razones, aún ocultas, pero no por mucho tiempo, cuando todo será alumbrado por la verdad. Amanecerá y veremos.
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