Esta disciplina se extiende a todo acto o conducta, especialmente es relevante en la balanza de la justicia y en el manejo de la cosa pública, sea como aplicador de la ley o sujeto pasivo de su aplicación.
En el plano político esta disciplina es impracticable por sus actores, casi sin excepción. Sus hechos de abuso, uso, manejo inadecuado, dilapidación, extorsión y corrupción, los definen como seres fuera del campo deontológico.
En este contexto resalta aquella persona que al manejar la autoridad del país y la cosa pública, lo hizo sin escrúpulo alguno y se defiende ante la autoridad jurisdiccional utilizando todo tipo de ardid, como instituciones procesales dilatorias y de las cuales públicamente, repudió y afirmó no utilizarlas.
Si los panameños avalamos esas acciones, no tenemos ningún derecho a exigir justicia a futuro, porque estamos tan podridos como la persona ausente de esa atalaya deontológica.
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