Por: Enrique Avilés
En buena hora el legislativo aprueba una Ley que da reconocimiento a los Historiadores más allá del área académica, o mejor dicho más allá de su eterna discriminación de ser docentes para poder ejercer su carrera. Este reconocimiento, logrado con la aprobación en tercer debate de la Ley 638 que regula la profesión, surge de la necesidad apremiante de fortalecer nuestra identidad en aspectos nunca abordados por el Estado en lo referente a la profesión y los museos, centros documentales, archivos históricos, y proyectos de gestión cultural a nivel nacional o municipal. No es de extrañar que tal paso de parte del legislativo incluya al Historiador en el Manual de Cargos del Estado y consecuentemente salvaguarde su participación en esos cargos públicos para estos profesionales, tal como lo hace con casi todas las profesiones y oficios existentes en el país.Ante la aprobación de la Ley no faltarán las voces, que, sin dejar claro sus intenciones o trasfondo, opinarán en contra.
Estas voces lo primero que lanzan como argumento descalificador es que la Ley sólo reconoce a los panameños como historiadores, siendo que la ley establece como requisito de idoneidad ser panameño, lo que es consecuente cuando se crean espacios de reconocimiento laboral como lo serán el historiador-investigador de museos, el Historiador-Guionista de museos, historiadores directores de museos, historiador de archivo histórico, historiador de centros documentales, historiadores municipales etc. Hay que ser muy iluso, o pensar que la ciudadanía es muy ilusa, para asumir que el Estado panameño, en la necesidad permanente de fortalecer nuestra identidad y memoria histórica, va a crear estos espacios para dejarlos en manos de cualquiera, hay que ser muy iluso para pensar que la ocupación de estos cargos públicos, sensitivos para el cometido de fortalecer nuestra nación, van a ser ocupados sin una validación profesional que garantice el buen desempeño de quienes lo ocupen, que para eso es la idoneidad, una certificación avalada por una junta técnica que incluye instituciones gubernamentales, universidades nacionales que ofertan la carrera de historia, y gremios profesionales de historiadores. Menciono lo de ilusos, por no pensar otra cosa respecto a esta postura, pues historiadores foráneos siempre van a compartir espacio para el desarrollo de la profesión, como siempre ha sido, en Panamá, sobre todo en el área académica o de enseñanza, donde sin mayor restricción de la ley pueden ejercer en nuestras universidades, más no en el engranaje del Estado, donde los cargos son exclusivamente para panameños. Pretender que la ciudadanía vea otra cosa donde no lo hay es un acto de subestimación que, planteado al ejecutivo, encargado de la sanción de la ley, supera los límites de la lógica común.
Por otra parte, plantear que la ley es un obstáculo para el desarrollo de la profesión es otro acto de inconsecuencia con lo que la misma establece, pues ampliar el rango de acción profesional de los futuros egresados de la carrera de historia es brindarles un mundo de posibilidades, más allá del aula de clases, para su pleno desarrollo, haciendo la oferta laboral más apetecible para los aspirantes a graduarse de historia. Lo anterior permitirá a estas futuras generaciones brindar su caudal en los museos de historia nacional, y aclaro museos donde se escribe e interpreta nuestra historia, y no en museos de ciencias naturales, de derechos universales, biográficos particulares y de rarezas u otra índole.
Es buen momento para que el ejecutivo asuma la dignificante acción de sancionar esta ley, teniendo presente que la misma fortalece la participación del Estado en la elaboración continua de la historia del país. La ciudadanía agradecerá en demasía un acto tan desprendido y consciente de parte del Presidente Laurentino Cortizo y su administración.
El autor es docente de Historia de la Universidad de Panamá.
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