Ramiro Guerra Y Su Opinión Jurídica
La inhabilitación de un candidato corre por cuenta de los jueces administrativos electorales. Antes, no era así. El director de organización electoral conocía de esa materia. Eso cambio con las reformas del año 2021.El que solicita la inhabilitación es la fiscalía electoral.
La decisión del juez administrativo, en el caso que proceda inhabilitar, esa decisión es apelable ante el tribunal electoral, como tribunal de segunda instancia.
Cierto que, de acuerdo con la constitución nacional, el expresidente, por razón de la condena, no es elegible para el cargo de presidente. Pero el tribunal electoral, no puede violar el código electoral. Hay un procedimiento para las inhabilitaciones. No puede, entrar directamente a inhabilitar. Los magistrados en ese evento se verían expuesto a violar la ley.
Lo anterior no tiene nada que ver con la pirámide de Kelsen. Eso no está en debate.
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