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TRABAJO PRECARIO Y PENSIONES.     

Por Ramiro Guerra .         
Abogado, Escritor Y Cientista Político
Empleos en el sector terciario de la economía, desde la perspectiva de mi condición de abogado por décadas de la Unión de Empleados de comercio(UEC), puedo afirmar que, en este sector, sobre todo del comercio, la estabilidad no existe.
Predomina lo que se conoce como el trabajo precario. Esta modalidades de trabajo precario, difícilmente un trabajador o trabajadora, aporta las cuotas que corresponde a un año laboral (un año).
Por la condiciones en que estos trabajadores, tienen que laborar, difícilmente logren aporta la cantidad de cuotas , para un retiro laboral. En el comercio al detal, cuando llegan a los 45 y 50 años, padecen padecimientos que  los obligas a abandonar su trabajo o por decisión del empleador son despedidos.
Imaginémonos un retiro laboral a los 60 y 65 años.
Seguramente, en ese ambiente de trabajo precario, de escandalosa informalidad y contrato temporales y definidos, nos preguntamos, que mujeres y hombres, llegaran a los 60 y 65; seguramente, en esas condiciones , casi imposible pensionarse a esa edad. Y si llegan, lo mas seguro, que habrá un carro funerario esperando.
El código de trabajo, ha sido objeto de varias reformas y todas ellas, han tendido a relativizar el contrato estable e indefinido. Una de esas reformas por presión empresarial, derogó o eliminó la estabilidad laboral, adquirida por laborar dos años consecutivos.( artículo 12 del código de trabajo).
Además de lo anterior, miles de panameños que laboran por cuenta propia, están a la tragedia de no estar cubierto por la seguridad social.
Podemos afirmar que, mas de un millón y quinientos mil panameños, están fuera de la cobertura de la caja de seguro social.
Desde la perspectiva descrita, solo a mentes draconianas, se le ocurrió  presentar el satánico proyecto de ley 163. Una partida de ignorantes  o sencillamente les resbala la realidad o los escenarios arriba descritos.  Ese proyecto agravará en forma exacerbada y miserable las condiciones de vida de los panameños y los que están en el camino para acogerse una pensión y en especial, los jóvenes. Ellos y las mujeres serán lo mas afectados.
Constituye un deber moral, evitar semejante canallada, que trae consigo el proyecto 163.
Tal como lo afirmé, se trata de una propuesta de ley, que fue copiada de otros países, donde se implementó las cuentas individuales. Pregúntemelos a un pensionado chileno, con cuanto se ha acogido a su pensión.
El proyecto de ley 163, de aprobarse tenderá a agrandar la brecha social en el país.
Basta de tantas mentiras. El proyecto es malo y perverso.
Por otro lado, nefasto y antinacional, lo mismo  que expoliador que el proyecto obligue a la caja de seguro social, a poner sus reservas en manos de empresas que administran fondo de pensiones.
Esta materia debe ser objeto de discrecionalidad de la junta directiva, previo estudios y análisis  de una junta que califique la viabilidad de esas inversiones, sus retornos. Todo lo anterior manejado con transparencia frente a la comunidad asegurada.
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