(Especial para El Periódico)
Juan Jované
Dada la complejidad del proyecto de reforma de la CSS presentado e ideado por el señor Mulino, el señor Mon, el señor Chapman y el señor Boyd Galindo, es necesario realizar su análisis en varios artículos. En el presente se aborda la naturaleza sesgada, privatizadora y antinacional de este infame proyecto de Ley.
En la presentación formal que realizó el señor Mulino en cadena nacional de radio y televisión, intentó vender el proyecto de reforma como un instrumento equilibrado, el cual implica un sacrificio por parte de los asegurados y del sector privado.
En el caso de la población, el proyecto representa un importante costo directo: el incremento de la edad de jubilación en 3 años. Esto si se tiene en cuenta que la esperanza de vida está determinada significativamente por la condición socioeconómica de las personas afectará de manera más dura a los sectores más vulnerables, cuya expectativa de vida es inferior. Además, todo trabajador que no logre cotizar 36 cuotas adicionales a las 240 exigidas actualmente, simplemente no logrará una pensión.
En el caso de los empresarios se propone un incremento de 3 puntos porcentuales, lo que de acuerdo a Mulino, Mon, Chapman y Boyd Galindo, representa un sacrificio por parte de los mismos. Se trata de una falsa afirmación, ya que los empresarios no asumirán este incremento de sus costos labores, el cual será transferido a los precios. Nuevamente es la población la que asumiría el costo real de esta medida. En realidad ese incremento de 3 puntos porcentuales de la cuota equivale a un impuesto sobre el conjunto de la población, destinado a cubrir de forma parcial el costo de transición hacia un modelo de cuentas individuales puro.
Tanto el señor Mulino como los otros voceros gubernamentales han afirmado que el proyecto presentado no implica forma alguna de privatización. Se trata de una narrativa falsa, destinada a vender el proyecto de las cuentas individuales.
Para entender esto resulta conveniente definir con precisión lo que significa privatización. De acuerdo al Diccionario de Economía Moderna del MIT, la privatización significa “la política de convertir en privada la propiedad pública de un activo o permitir la realización de cierta actividad, previamente llevada a cabo por un departamento de una organización pública, por parte de algún negocio del sector privado”. Por su parte, Josph E. Stigliz, Premio Nobel de Economía 2001, señala que la privatización es el “proceso por medio del cual funciones que previamente eran realizadas por el gobierno son delegadas en lugar de ello al sector privado”.
Es obvio, entonces, que cuando una función pública se externaliza hacia el sector privado, estamos frente a una forma de privatización. Esto es precisamente lo que se propone en el proyecto de reforma de la CSS de los señores Mulino, Mon, Chapman y Boyd Galindo. En efecto el artículo 65 de dicho proyecto establece que: “La dirección podrá delegar en una o más personas con licencia de administrador de inversiones emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá o su equivalente en otras jurisdicciones reconocidas por esta (…), la administración de cartera de una parte o del total de los recursos del Fondo General de Reserva… “. Sin duda se trata de una propuesta privatizadora, que busca beneficiar a los intereses del capital financiero local y transnacional a costa de un pago de importantes recursos nacionales. El Artículo 68 del proyecto de Ley confirma la posibilidad de esa forma de privatización cuando establece que: “los recursos de la Caja de Seguro Social que se utilicen en inversiones, en depósitos y sus rendimientos, colocados en bancos panameños o extranjeros y/o en entidades administradoras de inversiones, constituyen patrimonio autónomo distinto del patrimonio de dichas entidades”.
Más aún, si bien el proyecto de reforma de la CSS señala que la contratación de las capitalizadoras privadas se debe hacer sometiendo a las leyes de contratación pública aplicables, es bueno recordar que estas permiten la contratación directa. Aparece, entonces, el posible conflicto de intereses de los Directores Generales de la CSS, sobre todo los ya vinculados con el capital financiero.
Además de privatizadora la Ley propuesta por Mulino, Chapman, Mon y Boyd Galindo, tiene un claro sesgo antinacional, el cual afecta las posibilidades de un desarrollo nacional sostenible. Sería de esperarse que los fondos de reserva de la CSS fueran entendidos como ahorros de la población, los cuales deberían ser invertidos con rentabilidad adecuada y seguridad en formas que promuevan el desarrollo sostenible y el empleo decente en el país. Entonces, enviarlos al exterior viola este principio.
El artículo 65 del nefasto proyecto de Ley de reformas a la CSS, no solo borra todo vestigio de posibles inversiones que promuevan la producción y el empleo local, también muestra su incapacidad de promover los intereses nacionales, cuando establece que la CSS “podrá invertir hasta un setenta y cinco por ciento (75%) de sus activos en títulos de deuda emitidos por los Estados Unidos de América que cuenten con calificación de riesgo de gasto de inversión”. A esto se añade la posibilidad de invertir otro 15.0% en títulos semejantes de otros países, lo que significa que hasta el 90.0% de los recursos de la CSS podrían no jugar papel alguno para el desarrollo nacional.
En términos de la demanda efectiva, el traslado de esta parte del ahorro nacional hacia el exterior, significaría que el mismo no estaría de ninguna manera financiando inversiones locales, generando así una presión a la baja de dicha demanda efectiva, creando consecuentemente, presiones deflacionarias en la economía.
En conclusión, estamos frente a un proyecto de reforma de la CSS sesgado contra la población, con elevado contenido de privatización y alejado de las necesidades de un desarrollo nacional democrático, equitativo y ambientalmente sano.
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